CNSS garantiza solución para pensiones de trabajadores de las EDES y otras empresas públicas con RNC privado

La medida aprobada asegura el derecho a pensión de empleados de entidades donde el Estado posee al menos el 50 % de participación accionaria.

Energia
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Santo Domingo.- El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) aprobó una importante medida que garantiza el derecho a pensión de cientos de trabajadores de las Empresas Distribuidoras de Electricidad (EDE) y de otras instituciones públicas cuyo Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) figura como privado, pese a que el Estado posee el 50 % o más de su participación accionaria.

Con esta decisión, el CNSS modificó el párrafo I de la Resolución No. 572-07, permitiendo que estos trabajadores puedan realizar su traspaso desde la Cuenta de Capitalización Individual (CCI) al Sistema de Reparto, a fin de acceder a una pensión del Estado.

El Sistema de Pensiones de Reparto (Ley 379-81) es un modelo de seguridad social en el que las cotizaciones de los trabajadores activos financian directamente las pensiones de los jubilados actuales, es decir, no existe una cuenta individual de ahorro, sino un fondo común administrado por el Estado.

En tanto, el Sistema de Pensiones que funciona mediante una Cuenta de Capitalización Individual (CCI) (Ley 87-01) es un modelo en el cual cada trabajador acumula sus propias cotizaciones en una cuenta personal de ahorro para su retiro. Ese dinero se invierte durante su vida laboral para generar rendimientos y financiar su pensión futura. 

La medida da respuesta directa a múltiples solicitudes introducidas por afiliados a través de la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA), del Defensor del Pueblo y del Movimiento por las Pensiones de los Servidores Públicos (Mopesep), quienes denunciaron que sus solicitudes de traspaso habían sido rechazadas por aparecer con un RNC privado, a pesar de haber laborado por años para empresas estatales.

El CNSS reafirmó que esta decisión fortalece la protección de los derechos de los trabajadores y cumple con los mandatos de la Constitución sobre Seguridad Social, dignidad humana y garantía para las personas de la tercera edad.